✅ 1.500€ para los quién hayan suspendido la actividad
✅ 750€ para los quién hayan sufrido una disminución de ingresos del 75%
🔸 Las ayudas estarán disponibles a partir del miércoles 8 de Abril y hasta el 4 de mayo
⬆📒 Qué requisitos tengo que cumplir para demandarlas?
· Estar de alta en el RETA entre el 31 de diciembre de 2019 y el 14 de marzo de 2020
· Acreditar la suspensión de actividad o caída de la facturación
· Domicilio Fiscal en la Comunidad Valenciana
☝🖥 Donde lo solicito?
· De manera telemática a través del portal http://www.labora.gva.es
· Antes tiene que disponer de firma electrónica avanzada (https://sede.gva.es/)
❌ℹ️ Para evitar la saturación telemática el procedimiento de solicitud se tendrá que realizar en 2 fases
1️⃣➡️ Solicitud muy breve.
En el momento se dará una fecha y una hora concreta para completarla
2️⃣➡️ Se completa la solicitud en el momento determinado
📧☑️ Qué es el criterio?
· Son ayudas directas y se barema el momento de la solicitud hasta acabar con los 57,5 M€ destinados
+INFO
http://www.labora.gva.es/es/ciutadania
COMUNICADO GVA 06/04/2020
ATENCIÓN‼️
PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE SOLICITUD TELEMÁTICA AYUDAS AUTÓNOMOS 👩💼👨💻
ℹ️ Con el fin de evitar la saturación de las redes y servidores de Generalitat Valenciana ante la previsión del gran volumen de solicitudes de las ayudas extraordinarias a personas trabajadoras autónomas el procedimiento de solicitud se va a desarrollar en dos fases.
1️⃣➡️ Una primera fase en la que los interesados presentarán únicamente el impreso de solicitud abreviada, un documento sencillo, con pocos campos, cuya presentación dará al solicitante un número de solicitud y fecha y hora de presentación.
☑️ Esta será la fecha y hora de criterio para la concesión si en la segunda fase la documentación se presenta completa y no es necesario requerir.
☑️ Con esta presentación de solicitud abreviada, el sistema informático asignará a cada persona interesada un día y franja horaria para completar la solicitud.
2️⃣➡️ En la segunda fase, en el día y hora asignada las personas interesadas completarán la solicitud con el resto de datos necesarios (los datos de la solicitud abreviada se volcarán automáticamente por el sistema) y la documentación preceptiva según el decreto de convocatoria.
☑️Si en esta segunda fase se completa correctamente la solicitud la misma se entiende presentada en el día y hora de la presentación en primera fase.
☑️En caso de que alguna persona interesada, por cualquier motivo, presente la #documentación en un momento posterior al de la cita la misma será aceptada, pero la fecha de criterio será la del día y hora en que se complete la documentación.
☑️ Igual en caso de que sea necesario requerir a las personas interesadas, se tomará la fecha de subsanación, es decir, cuando el expediente esté completo.
☑️ De esta forma, la presentación inicial a las 9.00 horas del día 8 de abril, momento de máxima afluencia de solicitudes, será sobre un modelo de documento abreviado que requiere menos recursos de red y la presentación de la documentación que sí exige un consumo importante de red, se hará de forma escalonada.
☑️ Por otra parte, destacar que el comienzo del plazo a 9 de la mañana se ha previsto para evitar que cualquier fallo en los sistemas, no deseado en ningún caso, perjudique a las personas solicitantes y les obligue a permanecer al frente del ordenador desde las 00.00 horas durante toda la noche hasta que se pudiera solucionar el incidente.
☑️ A las 9 de la mañana el personal de la DGTIC estará “de guardia” para solucionar cualquier incidente, aunque con este sistema de doble solicitud no se prevé que lo haya.
Ajuntament de València
El objeto de la presente convocatoria es paliar y actuar de manera inmediata, ante las consecuencias derivadas de la crisis económica provocada por el COVID-19, e impulsar la actividad económica en el término municipal de València, otorgando liquidez a las empresas de la ciudad para contribuir a facilitar el cumplimiento de sus obligaciones empresariales, mantenimiento de la actividad y empleo y amortiguar la reducción drástica de ingresos.
Se pretende proteger el interés general de la ciudadanía de València, dando soporte a las personas autónomas, microempresa y pequeña empresa, para minimizar el impacto crisis económica provocada por el COVID-19 y lograr que, una vez finalizada la alarma sanitaria, se produzca lo antes posible una reactivación de la economía de nuestra ciudad, actuando directamente sobre las personas físicas y jurídicas más afectadas.
Bases: Orden 27/2016 (DOCV 29-11-16) Capítulo VII. Modif orden 17/2018 (DOCV 25-10-18) y corr. DOCV 13-12-18
Convocatoria teletrabajo 2020. Extracto: Rsl 17-04-2020 (DOCV 23-04-2020)
Plazo solicitudes: iniciará el día 04-05-2020 y finalizará el 26-05-2020, a las 23.59.59 horas